Resumen: Régimen disciplinario de la Guardia Civil (LO 12/2007). Falta grave de "negligencia grave en el cumplimiento de las obligaciones", infracción prevista en el apartado 33 del artículo 8 de la Ley Orgánica 12/2007. Patrulla de la Guardia Civil que acude a un aviso por agresión a una mujer, por violencia de género y que negarse a denunciar la víctima, sin más actuaciones abandonan el lugar sin dar cuenta al Puesto, tratar de localizar al presunto agresor, anotar el hecho en papeleta de servicio, no realizar el protocolo de VIOGEN. Quebranto del derecho a la presunción de inocencia, existencia de pruebas. Principio de legalidad: existencia de los elementos del tipo y especialmente de la gravedad del negligente cumplimiento del protocolo de violencia de género. Desestimado.
Resumen: Régimen disciplinario de la Guardia Civil. Falta grave de "usar para fines propios información de carácter oficial con grave perjuicio para la administración" (art. 8.25 LODGC). No se produjo la caducidad del expediente sancionador por la suspensión de plazos acordada por el RD 463/2020, de 14 de marzo de 2020, que declaró el estado de alarma por la pandemia del COVID 19. Desestimación del recurso. La información reservada que precedió al expediente no causó indefensión a los interesados y no pudo contaminar el procedimiento sancionador porque en él no se emplearon elementos procedentes de ella. Tampoco se vulneró su derecho a la defensa por denegación de las pruebas propuestas, al ser improcedentes y haber sido rechazada su práctica en resolución motivada. La resolución sancionadora no incurrió en incongruencia omisiva y decidió todas las cuestiones planteadas. Concurren todos los requisitos para la aparición del tipo disciplinario aplicado. Desestimación del recurso
Resumen: Desestimatoria. Falta de subordinación; orden legítima; presunción de inocencia vencida, testigos del hecho.
Resumen: Resulta patente que la adopción de las medidas impugnadas no incurre en ninguna arbitrariedad y que todas las medidas son necesarias y proporcionadas a la finalidad perseguida de evitar la transmisión del virus. Así resultó de la prueba aportada por la Administración demandada, consistente en un Informe técnico sobre los criterios técnicos e indicadores utilizados para exclusión de los municipios en Asturias de un nivel de riesgo extremo (4+), emitido el 23 de febrero de 2021 y firmado por donHermenegildo, doñaClara, doñaConcepción, donIldefonso y donInocencio, de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Salud del Principado de Asturias.
Resumen: Los documentos al efecto invocados "deben tener una eficacia radicalmente excluyente, contundente e incuestionable", hasta el punto de afirmarse que la certidumbre del error está reñida con la existencia de una situación dubitativa.El motivo ahora examinado incurre en el rechazable vicio procesal de la llamada "petición de principio" o "hacer supuesto de la cuestión", que se produce cuando se parte de premisas fácticas distintas a las de la resolución recurrida, desconociendo con ello que en casación (e igualmente en suplicación) no es factible dar por supuestos otros hechos que no sean los declarados probados. únicamente al juzgador de instancia por ser quien ha tenido plena inmediación en su práctica, y que la revisión de sus conclusiones únicamente puede ser realizada cuando un posible error se desprenda de manera evidente de documentos idóneos para tal fin, pero rechazando que ello pueda conducir a negar las facultades de valoración que corresponden al Tribunal de instancia, únicamente fiscalizables si no se han ejercido conforme a las reglas de la sana crítica
Resumen: Régimen disciplinario de la Guardia Civil. Falta leve de "la negligencia o inexactitud en el cumplimiento de los deberes u obligaciones" (art. 9.3 LORDGC). El relato de hechos no expresa qué es lo que hizo o no hizo y debiera haber realizado el expedientado. Infracción del principio de legalidad en su vertiente de tipicidad. Estimación del recurso.